El presente Código de Ética de ICF se compone de cinco partes: 1. INTRODUCCIÓN 2. DEFINICIONES CLAVE 3. VALORES FUNDAMENTALES DE ICF Y PRINCIPIOS ÉTICOS 4. NORMAS ÉTICAS 5. COMPROMISO.
1. INTRODUCCIÓN: El Código de Ética de ICF describe los valores fundamentales de la Federación Internacional de Coaches (Valores Fundamentales de ICF), los principios éticos y los estándares de comportamiento ético para todos los Profesionales ICF (ver definiciones). Cumplir con estos estándares de comportamiento ético es la primera de las competencias básicas de Coaching de ICF (Competencias centrales de ICF), que dice textualmente "Demuestra un comportamiento ético: Comprende y aplica consistentemente la ética y los estándares de comportamiento ético en la práctica de coaching". El Código de Ética de ICF sirve para preservar globalmente la integridad de ICF y de la profesión de Coach: • Establece estándares de conducta consistentes con los valores centrales y principios éticos de ICF. • Orienta la reflexión ética, la educación y la toma de decisiones. • Juzga y preserva los estándares de comportamiento ético del Coach ICF a través del proceso de Revisión de Conducta Ética (ECR) de ICF • Proporciona la base para la capacitación ética de los profesionales ICF en programas acreditados por ICF El Código de ética de ICF se aplica cuando los profesionales ICF se representan a sí mismos como tales, en cualquier tipo de interacción relacionada con el coaching, independientemente de si se ha establecido o no una relación de coaching (ver definiciones). Este Código articula las obligaciones éticas de los profesionales ICF que actúan en diferentes roles: Coach, supervisor de Coaches, mentor, entrenador, coach en formación, coach en roles de liderazgo de ICF, así como personal de apoyo (ver definiciones) Aunque el proceso de Revisión de Comportamiento Ético (ECR) solo es aplicable a los Profesionales ICF, al aceptar el presente código, el personal de apoyo de ICF también está comprometido con el comportamiento ético y los Valores Fundamentales y Principios Éticos de ICF. El desafío de actuar éticamente significa que los profesionales ICF inevitablemente se encontrarán con situaciones que requieren respuestas a problemas inesperados, resolución de dilemas y solución de casos específicos. El Código de Ética tiene la intención de ayudar a las personas sujetas al mismo, al visibilizar la variedad de factores éticos que pueden necesitar ser tomados en consideración y ayudar a identificar formas alternativas de abordar el comportamiento ético. Los profesionales ICF que aceptan el Código de Ética se esfuerzan por ser éticos, aun cuando hacerlo implique tomar decisiones difíciles o actuar con valentía.
2. DEFINICIONES CLAVE • “Cliente”: Individuo o equipo / grupo que es sujeto de coaching, coach que es sujeto de mentoring o supervisión, coach o coach en formación que es sujeto de entrenamiento. • “Coaching”: Asociación con el cliente, en una relación creativa y estimulante, que los inspira a maximizar su potencial personal y profesional. • “Relación de coaching”: Relación establecida por el profesional ICF y el cliente (s) / patrocinador (es) en virtud de un acuerdo o contrato que define las responsabilidades y expectativas de cada parte. • “Código”: Código de ética de ICF • “Confidencialidad”: Protección de cualquier información obtenida en torno al compromiso de coaching a menos que se otorgue consentimiento expreso para su divulgación. • “Conflicto de intereses”: Situación en la que un profesional ICF está involucrado en múltiples intereses en los que, servir a un interés, podría ir en contra o estar en conflicto con otro. Este interés puede ser financiero, personal o de cualquier otro tipo. • “Equidad”: Situación en la que todas las personas experimentan inclusión, acceso a recursos y oportunidades, independientemente de su raza, origen étnico, nacionalidad, color, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, status migratorio, discapacidad mental o física y otras áreas de diferenciación humana. • “Professional ICF”: Persona que se representa a sí mismo como miembro de ICF o titular de una credencial ICF en roles que incluyen, entre otros, Coach, Coach Supervisor, Mentor Coach, Coach Entrenador y Estudiante de Coaching • “Personal de ICF”: Personal de apoyo de ICF, contratado por la Organización, que brinda servicios administrativos o de gerenciamiento en nombre de ICF. • “Coach interno”: Persona que trabaja dentro de una organización y ofrece servicios de Coaching al personal de esa organización a tiempo parcial o completo. • “Patrocinador”: La entidad (incluidos sus representantes) que paga y / o define u organiza los servicios de Coaching que se proporcionarán a los clientes. • “Personal de apoyo”: Las personas que trabajan para profesionales ICF apoyando a sus clientes. • “Equidad sistémica”: Equidad de género, equidad racial y otras formas de equidad que están institucionalizadas en la ética, valores centrales, políticas, estructuras y culturas de comunidades, organizaciones, naciones y sociedad.
3. VALORES FUNDAMENTALES DE ICF Y PRINCIPIOS ÉTICOS El Código de Ética de ICF se sustenta en los Valores Fundamentales de ICF y las acciones que se derivan de ellos. Todos los valores son igualmente importantes y se apoyan mutuamente. Estos valores son operacionales y deben usarse como una forma de comprender e interpretar los estándares. Se espera que todos los profesionales ICF vivan y propaguen estos valores en todas sus interacciones.
4. NORMAS DE COMPORTAMIENTO ÉTICO Las siguientes normas de comportamiento ético se aplican a las actividades de los profesionales ICF: Sección I - Responsabilidad con los clientes Como profesional ICF, yo: 1. Explicaré y me aseguraré de que, antes de o durante la reunión inicial, mis Clientes y Patrocinadores entienden la naturaleza y el valor potencial del coaching, la naturaleza y los límites de la confidencialidad, los acuerdos financieros y cualquier otro término mencionado en el Acuerdo de Coaching. 2. Crearé con mis Clientes y Patrocinadores un acuerdo / contrato con respecto a los roles, responsabilidades y derechos de todas las partes involucradas antes de iniciar los servicios de Coaching. 3. Mantendré los niveles más estrictos de confidencialidad con todas las partes según lo acordado. Conozco y acepto cumplir con todas las leyes aplicables que se refieren al manejo de datos y comunicaciones personales. 4. Entenderé claramente cómo se intercambia información entre las partes involucradas, durante las interacciones de coaching. 5. Tendré una comprensión clara y compartida con los Clientes, los Patrocinadores y todas las partes interesadas, sobre las condiciones bajo las cuales no se podrá mantener la confidencialidad de la información (por ejemplo: actividades ilegales, requerimientos legales, orden judicial o citación judicial válida; riesgo inminente o peligro potencial para el cliente o para los demás, entre otros.). Cuando crea, razonablemente, que una o varias de las circunstancias anteriores son aplicables, es posible que deba informar a las autoridades correspondientes. 6. Cuando trabaje como Coach interno, manejaré los conflictos de interés, reales o potenciales, con mis Clientes y Patrocinadores a través de acuerdos de coaching y diálogo continuo. Esto incluirá aclarar roles, responsabilidades, relaciones, registros, confidencialidad y otros requerimientos de informes de la organización. 7.Mantendré, almacenaré y eliminaré cualquier registro, incluidos archivos electrónicos y comunicaciones, creado durante mis interacciones profesionales de tal manera que promueva la confidencialidad, seguridad y privacidad y cumpla con las leyes y acuerdos aplicables. Además, buscaré hacer un uso adecuado de los desarrollos tecnológicos emergentes y crecientes que se utilizan en los servicios de coaching (servicios de coaching asistidos por tecnología) y ser consciente de cómo se aplican diversas normas éticas a este tipo de servicios. 8. Permaneceré alerta a las indicaciones de que podría haber un cambio en el valor percibido de la relación de coaching, por parte del Cliente. Si es así, haré cambios inmediatos en la relación o alentaré al Cliente (s) / Patrocinador (es) a buscar otro Coach, otro profesional o utilizar un recurso diferente.9. Respetaré el derecho de todas las partes a terminar la relación de coaching en cualquier momento y por cualquier motivo durante el proceso de coaching, sujeto a las disposiciones del acuerdo. 10. Seré sensible a las implicaciones de tener múltiples contratos y relaciones con el mismo Cliente (s) y Patrocinador (es) al mismo tiempo, a fin de evitar situaciones que alienten conflictos de intereses. 11. Conoceré y manejaré activamente cualquier diferencia de poder o status, entre el Cliente y yo, que pueda ser causada por situaciones culturales, relacionales, psicológicas o contextuales. 12. Divulgaré a mis clientes las posibles compensaciones u otros beneficios que reciba por recomendar clientes a terceros. 13.Aseguraré una calidad consistente de Coaching, independientemente de la cantidad o forma de pago acordada en cualquier relación. Sección II - Responsabilidades de desempeño Como profesional ICF, yo: 14.Adheriré al Código de Ética de ICF en todas mis interacciones. Cuando me dé cuenta de una posible violación del Código, por mí mismo o reconozca un comportamiento poco ético en otro profesional ICF, revelaré la situación a los involucrados, con respeto. Si esto no resuelve la situación, la remitiré a una autoridad formal (por ejemplo, ICF Global) para su resolución. 15. Requeriré que todo el personal de apoyo que trabaja conmigo, se adhiera al Código de ética de ICF. 16. Mantendré mi compromiso con la excelencia a través del desarrollo continuo: personal, profesional y ético. 17. Reconoceré mis limitaciones personales y las circunstancias que puedan perjudicar, entrar en conflicto o interferir en mi desempeño como Coach o en mis relaciones profesionales de Coaching. Buscaré apoyo para determinar la acción a tomar y, si es necesario, buscaré rápidamente orientación profesional relevante. Esto puede incluir suspender o finalizar mis relaciones de coaching. 18. Resolveré cualquier conflicto de interés, actual o potencial, trabajando en el problema con las partes relevantes, buscando asistencia profesional, suspendiendo temporalmente o terminando la relación de Coaching profesional. 19. Mantendré la privacidad de los miembros ICF y utilizaré la información de contacto de los miembros ICF (direcciones de correo electrónico, números de teléfono, etc.) según lo autorizado por ICF o el miembro de ICF. Sección III - Responsabilidad profesional. Como profesional ICF, yo: 20.Identificaré, con precisión, mis calificaciones de coaching, mi nivel de competencia de coaching, experiencia, capacitación, certificaciones y credenciales de ICF. 21. Haré declaraciones verbales y escritas que sean verdaderas y precisas sobre lo que ofrezco como profesional ICF, lo que ofrece ICF, la profesión de coaching y el valor potencial del coaching. 22. Comunicaré y crearé conciencia, con aquellos que necesitan estar informados, sobre las responsabilidades éticas establecidas por este Código. 23. Asumiré la responsabilidad de conocer y establecer límites claros, apropiados y culturalmente sensibles que rijan las interacciones, físicas o de otro tipo, con mis clientes o patrocinadores. 24. No participaré en ningún compromiso sexual o romántico con el Cliente (s) o Patrocinador (es). Siempre tendré en cuenta el nivel de intimidad apropiado para la relación. Tomaré las medidas apropiadas para abordar el problema o cancelar el compromiso, si llegara a presentarse. Sección IV - Responsabilidad con la sociedad Como profesional ICF, yo: 25.Evitaré toda forma de discriminación, manteniendo la equidad en todas las actividades, respetando las normas locales y las prácticas culturales. Esto incluye, entre otros, evitar discriminación por edad, raza, preferencia de género, origen étnico, orientación sexual, religión, origen nacional, discapacidad o rango militar. 26. Reconoceré y honraré las contribuciones y la propiedad intelectual de otros. Reclamaré la propiedad intelectual únicamente de mi propio material. Entiendo que el incumplimiento de esta norma puede exponerme a un recurso legal por parte de un tercero. 27. Seré honesto y trabajaré dentro de los estándares científicos reconocidos, las pautas temáticas aplicables y los límites de mi competencia al realizar e informar investigaciones. 28 .Seré consciente del impacto que tengo yo y mis clientes en la sociedad. Adheriré a la filosofía de "hacer el bien" versus "evitar el mal".
5. COMPROMISO ÉTICO DEL PROFESIONAL ICF: Como profesional ICF, de acuerdo con los Estándares del Código de Ética de ICF, reconozco y acepto cumplir con mis obligaciones éticas y legales con mis Clientes, Patrocinadores, colegas y con el público en general. Si incumplo alguna parte del Código de Ética de ICF, acepto que ICF, a su exclusivo criterio, puede hacerme responsable del incumplimiento. Además, estoy de acuerdo en que mi responsabilidad ante ICF, por cualquier incumplimiento, puede incluir sanciones como entrenamiento u otro tipo de educación obligatoria adicional o la pérdida de mi Membresía y/o mis credenciales de ICF. Adoptada por la Junta Directiva Global de ICF Septiembre, 2019